машина - это тоже экипаж? про машину там все понятно написано.
мебель и др. бытовая техника - это тоже экипаж? а также различные аппараты и т.д. необходимые для своей профиссиональной деятельности?
там все понятно написано, завист от того, сколько арг. прожил за рубежом.
Argentinos que retornan al país luego de haber residido más de DOS (2) años en el exterior y Extranjeros que obtengan residencia permanente en el país
Los extranjeros que obtengan su residencia permanente en la República Argentina, y los argentinos que retornan al país luego de haber residido más de DOS (2) años en el exterior, pueden importar los siguientes bienes, con las exenciones en el pago de derechos de importación, impuestos, tasas, contribuciones y demás gravámenes que se detallan a continuación:
1. Extranjeros que obtengan su residencia permanente en el país:
Efectos personales y del hogar, nuevos o usados, destinados al uso del beneficiario o de su grupo familiar, siempre que por su cantidad, naturaleza o variedad no permitieren presumir que se importan con fines comerciales o industriales. Estos bienes se encuentran exentos sin límite de valor.
Un automóvil por persona con 18 años cumplidos o emancipada, usado y registrado a nombre del interesado. El automóvil deberá estar registrado ante la autoridad oficial competente del país de procedencia, con 3 meses de anticipación, como mínimo, a la fecha de ingreso al país del sujeto solicitante.
Se encuentra exento siempre que su valor en aduana sea inferior o igual a U$S 15.000, o su equivalente en otra moneda. Cuando su valor sea superior al citado importe se deberá tramitar la importación del bien en el marco de la Resolución Nº 5107/80 (ANA) o la que en el futuro la reemplace y la totalidad de su valor quedará sujeto al pago de los tributos que gravan la importación para consumo.
Argentinos que retornan al país luego de haber residido más de UN (1) año y menos de DOS (2) años en el exterior
Importación de Bienes
Los argentinos que retornan al país luego de haber residido más de UN (1) año y menos de DOS (2) años en el exterior, y que van residir en forma permanente en la República Argentina podrán importar libres de gravámenes los siguientes bienes nuevos o usados:
Muebles y otros bienes de uso doméstico
Herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos necesarios para el ejercicio de su profesión, arte u oficio, que no permitan presumir la instalación de talleres, laboratorios comerciales, industriales o semejantes.